Uno de los licitadores que concurrió al concurso para la compra de parcelas enajenadas por parte de la Empresa Municipal del Suelo de Leganés (EMSULE) ha denunciado mediante un burofax remitido a todos los miembros del consejo de administración de la empresa pública la comisión de una presunta irregularidad que podría derivar en delito de prevaricación al concederle a la adjudicataria de uno de los lotes una prórroga para el pago de la misma que podría incumplir los pliegos de condiciones.

La empresa que ha remitido dicho burofax es ‘Vivir en Casa Nueva Sociedad Cooperativa’, la cual quedó en segundo lugar en el proceso de licitación tal y como acreditó la Mesa de Contratación, y que entiende que, con esta prórroga no contemplada en los pliegos, se estarían menoscabando sus derechos.

En el escrito, la representante legal de la empresa denunciante recuerda que la Mesa de Contratación propuso el pasado día 23 de febrero al Órgano de Contratación la adjudicación del Lote 2 a favor de ‘Terrazas del Pinar Sociedad Cooperativa Madrileña” y que posteriormente, el 24 de marzo, se acordó la adjudicación por un importe de 8.821.000 euros.

La cooperativa que emite el escrito explica que quedó valorada en segundo lugar en el citado expediente, con una puntuación de 93,75 puntos frente a los 95,70 puntos de la adjudicataria.

Asimismo, en el pliego se recoge que la formalización de la adjudicación en escritura pública se producirá en “la segunda quincena de abril” y que en el pliego de cláusulas administrativas se estipula a su vez que “con la adjudicación de cada lote se firmará la correspondiente escritura de compraventa de dichas parcelas” con un plazo que “será el que se fije en la notificación de la adjudicación, tal y como señala el artículo 153.3 de la Ley 9/2.017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público”.

Ante esta situación, la cooperativa demandante explica que “a la fecha de este escrito aún no se ha procedido a la escrituración de la finca objeto de adjudicación” y añade que “hemos tenido conocimiento de que, por parte del EMSULE, se ha concedido una prórroga en el plazo de firma hasta el próximo 5 de Junio, en base a una petición del adjudicatario motivada en la falta de Licencia de Obras” entendiendo a su vez que “el plazo ordinario para la firma de la escritura pública venció el pasado 30 de abril”.

Dados los hechos, exige “copia de la petición de ampliación de plazo solicitada por la adjudicataria, así como la respuesta de EMSULE, al objeto de conocer las circunstancias excepcionales solicitadas por la adjudicataria y la motivación de la aceptación, en su caso”, así como “certificado acreditativo de cómo se ha adoptado la decisión, al tener constancia de que la misma no se ha adoptado por el Órgano de Contratación sino que nos consta que se trata de una decisión personal del Presidente (Javier Márquez) que nadie más conoce”.

“Dejamos constancia que, a nuestro juicio, se está vulnerando la Ley y el pliego al admitir mayor plazo para la firma que el máximo que permite el pliego redactado por EMSULE, lo que en caso de confirmarse será causa de acciones civiles y penales, al entender esta parte que es presunto delito de prevaricación, motivado por razones que a esta parte escapan”.

Este burofax ha sido remitido a todos los miembros del Consejo de Administración de EMSULE ya que, si los consejeros no son conocedores de la concesión unilateral de dicha prórroga, podrían ser corresponsables de un presunto delito.